Como quedó establecido en la pasada entrega, hoy 23 de diciembre concluye la primera fecha límite para que la mayoría de los estadunidenses o personas que residen legalmente en este país se inscriban y posteriormente obtengan un seguro médico que esté disponible a partir del 1 de enero de 2014, bajo la Ley de Salud Costeable conocida como Obamacare. No obstante la inscripción seguirá abierta hasta el 31 de marzo para comprar un seguro que dé cobertura en lo que resta del año, pero si para esta fecha no se han inscrito o no tienen seguro, tendrán que pagar la multa que impone a los morosos la referida ley. Los problemas de acceso al sitio web del gobierno y las modalidades que imponen los estados que entran al mercado de intercambios, así como los altos costos de las primas para quienes mantienen sus anteriores planes de cobertura de salud han generado inusitadas dudas e innecesarios temores.
II
En esta entrega, el Director de Noticias de Radio Bilingüe, Samuel Orozco le entra el tema, ventilado en una edición reciente del Programa de Línea Abierta que él mismo conduce, para el cual invitó a dos expertos en la Ley de Atención Médica Costeable que respondieron a las preguntas de los radioescuchas. Ellos son Santiago Lucero, Jefe de Relaciones con los Medios, de Covered California, Sacramento, CA (www. CoveredCA.com); y Sinsi Hernández-Cancio, Directora de Equidad en la Salud, Familias USA., Washington, DC (www.familiesusa.org).
Continuando con las llamadas de los radioescuchas, Carlos de Salinas, California, dice saber que la gente indocumentada no se va a beneficiar de todo el contenido de esta ley de salud, ni va a ser sujeta a la multa que impone la ley para quien no obtenga un seguro de salud antes del 31 de marzo. Y pregunta sobre lo que pasará con las personas indocumentadas, con hijos nacidos aquí que ya tienen 18 años de edad: “¿Qué va a pasar con ellos si el padre que los mantiene no va a tener este seguro, pero va a tener que pagar por los hijos? No entiendo eso…”.
Sinsín Cancio: “Esa es una duda bien frecuente en nuestra comunidad, y básicamente, lo primero es que hablando de niños y dependientes, si la persona es indocumentada, tiene familiares, hijos o una esposa o un esposo, que sí son documentados y tienen derecho a la cobertura, la persona puede entrar al sistema y pedir la ayuda financiera y todo, con la seguridad de que ya ICE (la Agencia de Inmigración y Aduana) ha declarado que no va a usar ninguna información en contra de cualquier persona, en cuanto a casos de inmigración como las deportaciones”.
Sinsín aclara que “una de las cosas que están limitando un poco que muchos latinos no están haciendo las gestiones necesarias para obtener la cobertura, es ese temor, de tener una persona en la familia…; hay muchas familias mixtas en cuanto al estatus migratorio en nuestra comunidad, y hay un temor sobre lo que va a pasar con los que no son documentados cuando se comienza a ingresar su información al sistema del gobierno”. Y nos recuerda que hace un par de semanas la agencia de Inmigración declaró que no va a usar ninguna información, porque no la van a guardar en esa agencia sino que va a estar en otro sitio. “No debe ser impedimento el tratar de darle cobertura a cualquier miembro de tu familia si tienen derecho al seguro, y no sólo derecho al seguro sino también la obligación de tener seguro”.
Otro aspecto relevante es que los adultos, “aunque sean dependientes todavía, técnicamente del padre, el hijo adulto puede entrar en el sistema y buscar sus seguro aunque lo pague otra persona; o sea, quien lo pague, no importa, sino que lo importante es que alguien lo pague… y una cosa que quería decir es que la fecha del 23 (de diciembre) es para inscribirse y escoger un seguro; pero tienes unos días extras para pagar el seguro. Y de hecho hay muchas compañías como los Blue Cross, que ya han dicho que le van a dar la oportunidad en la mayoría de los casos hasta la primera semana de enero para pagar el seguro, y que todavía le van a cubrir retroactivamente”. Algunas compañías han fijado hasta el 6 de enero como la fecha hasta cuando se puede pagar.
José llama desde Tulare, California: “A mi ya me van a dar Medical (Medicare) por mi edad. Pero tengo el problema de mi esposa, porque a ella todavía no le toca…. Cuando quise calificar para mi aseguranza me salía casi en dos mil dólares, y por eso nunca la pudimos sacar. Ahora me están dando la opción de que agarre el Medicare, pero yo estaba pensando que por lo de mi esposa, mejor pagar la multa, de 95 dólares, me sale más barato que pagar tanto. O, ¿qué otra opción puedo tener yo?”.
Santiago Lucero: Bueno, ¿la esposa tuvo la oportunidad de ir a la página de Covered California para averiguar cuáles son sus opciones de cobertura médica?
-O sea que nosotros antes de que entrara intentamos los dos de agarrar una aseguranza, y por los dos nos cobraban dos mil dólares-, dice José.
-Cuando usted dice que intentó, ¿dónde intentó, en Covered California, o en una compañía de seguros de su ciudad?
-En una compañía de la ciudad. O sea que mi esposa estaba trabajando, y esa misma aseguranza la quisimos agarrar nosotros y nos salía en dos mil dólares. Esto ocurrió hace un poco más de un año.
Santiago Lucero: “Esa es la confusión que existe y el oyente debe saber que ahora su esposa tiene oportunidad de poder solicitar cobertura médica por parte de Covered California, y ver si es también elegible para la ayuda financiera del gobierno. Porque una de las razones principales por la cual reforma a la ley de salud está hoy en día, es precisamente por el abuso de diferentes compañías de seguro, que te cobraban más dinero por tener una condición preexistente o por haber tenido una enfermedad, y por ser mujer… no puede uno creerlo, pero esa era la realidad. Y eso se acaba con la reforma a la ley de salud”.
Alejandro habla desde Toppenish, estado de Washington, para hacer dos preguntas: “La primera es que a mi y a mi esposa ya nos llegaron nuestras tarjetas, donde nos dicen que para el día primero ya podemos usarlas. Lo que no sabemos es qué es lo que nos cubre y qué es lo que no”.
Hernández-Cancio: “La primera pregunta que tengo es ¿cuál seguro tienen? Pero al final del camino lo importante, si tiene alguna duda, es que generalmente puedes llamar al número de ayuda al consumidor para que te contesten tus preguntas. Se supone que te entreguen, y tienes el derecho de pedirlo en español también, un resumen de beneficios; donde claramente te explica cómo cubren las visitas a oficinas médicas, cómo cubren, hospitales, medicinas, etcétera, etc. Todos los seguros hoy día tienen que cubrir diez categorías de servicios de salud diferentes, y tienen que poder explicarlo en una o dos páginas, sin toda la palabrería densa, difícil de entender; tienes el derecho a que te den esa información”.
Alejandro consiguió este seguro “aplicando a la oficina local, pues empezaron a avisar que teníamos que ir a aplicar, y me siento contento… La siguiente pregunta es sobre las personas que están en proceso de legalización, a esas personas qué, ¿las va ayudar, a ser aplicantes?”.
Hernández-Cancio: “Esa es una muy buena pregunta para la que no tengo una respuesta precisa. Lo que sí te puedo decir es que para este caso en particular sí vale la pena acudir a un ayudante, para que esclarezca esa situación. Porque depende totalmente del tipo de visa o documento de migración que tienes, porque hay una lista larguísima de los que califican y los que no”.
Existen diferentes tipos de estatus y de visas, pero ¿qué tal para aquellos que se han legalizado recientemente?
Santiago Lucero: “Eso depende de cada estado. Por ejemplo, en California, así tengas apenas un día como residente legal, eres elegible para la cobertura médica bajo esta reforma a la ley de la salud. Ahora, es importante que sepan que no debe ser un motivo de frustración, y si tienen una duda deben preguntar. Porque quizás hay casos específicos en los que pueden calificar, y a lo mejor, si no preguntan se van a quedar sin cobertura médica”.
“La ley establece que toda aquella persona que está de manera legal en el país, residentes permanentes y naturalizados, o con el estatus de Protección Temporal, el TPS, por ejemplo; inmigrantes con visa de trabajo, con visa de estudiante, en fin, es muy importante que pregunten”, aconseja Santiago Lucero.
Leonel, de Imperial, California, tiene dos preguntas, “muy importantes para mi. Mire, yo ya estoy retirado, pero mi esposa no. ¿Puede calificar ella, o cómo debo de hacer para agarrar una aseguranza para ella?”’
Hernández-Cancio: “Definitivamente debe solicitar. Dependiendo del estado en que está, si es del estado de California, a Covered California, si es otro lugar pues buscar el mercado de seguros de tu estado, porque es muy posible que no solamente sea elegible, pues va a ser elegible para algunos de los seguros que se ofrecen en estos mercados, y podría ser también elegible para la ayuda financiera, para ayudarlo a pagar este seguro. Así que muy importante que hagan la gestión”.
“Nosotros estamos muy cerquitas de la frontera, continúa Leonel. “Y nosotros tenemos seguro en México, nunca vamos al doctor aquí. ¿Necesitamos agarrar una aseguranza aquí? Yo ya tengo Medicare”.
Orozco: ¿Cuál sería la ventaja de tener un seguro médico aquí en el país, comparado con el hechho de tener que ir al otro lado de la frontera, donde normalmente se paga en efectivo?
Leonel: “Efectivamente, yo pago 600 dólares en efectivo, por mi esposa y por mi, por todo el año, en el Instituto Mexicano de Seguro social”.
Santiago Lucero: “Estos son casos que existen y que se van a encontrar precisamente en estados fronterizos. La realidad es que si uno es ciudadano o residente permanente de este país, o inmigrante que está de manera legal en el país, y pasa una cierta cantidad de tiempo en Estados Unidos (EU), creo que son más de nueve meses viviendo en EU, debe obtener u seguro de salud que tenga los beneficios y los estándares de la ley de reforma al sistema de salud. En caso contrario se podría enfrentar a pagar la multa”.
Es importante saber que al contar con un seguro de salud, prosigue Santiago Lucero, “con los beneficios, y al calificar para los subsidios, ya no va a tener la necesidad de ir a México para tener una cobertura médica, sino que esa misma atención la va a poder recibir aquí en EU, de este lado de la frontera”.
Sobre las razones por las que José no se ha dedicado a averiguar cuáles son las opciones que el mercado de seguros de este país le puede ofrecer a su esposa, Leonel simplemente dice que aun no lo ha intentado. Pero agrega: “Tengo entendido que las personas que son ciudadanos americanos pueden vivir el tiempo que sea afuera del país. Entonces, muchas personas que viven en Mexicali (Baja California), que es la ciudad fronteriza más cerquita, ¿esas personas tiene que también que tener seguro, aun no viviendo aquí?”.
Santiago Lucero: “Todo depende de cuánto tiempo hayan vivido en EU. Por ejemplo hay casos de ciudadanos estadunidenses que viven en el exterior, y que solamente viven en EU un mes, y se van 11 meses al exterior. Estas personas estarían exentas. Y de hecho todo esto está contemplado en la ley, y debería averiguar con un consejero. Es importante que sepan que si su intensión es vivir en el exterior y solamente pasan un determinado tiempo en EU estarían exentos si son ciudadanos o residentes permanentes”.
Hernández-Cancio añade que “Hay un beneficio enorme en tener un seguro médico en EU, porque uno nunca sabe cuándo va a tener un accidente, una enfermedad repentina, un ataque al corazón, donde los minutos que tome llegar a una sala de emergencia cuentan. Y para eso particularmente es importante tener un seguro, aunque le cueste un poquito más. Es una paz mental, una seguridad económica muy importante”.
La señora Viera lama desde Santa Rosa, norte de California: “Quería preguntarles si el seguro del Obamacare va ser obligatorio. Las personas que están sin trabajo, ¿cómo van a poder pagar ese seguro?”.
Como ya quedó establecido, es requisito por ley que toda persona que viva legalmente en EU debe tener un seguro. “Pero lo bueno del Obamacare es que hay mucha ayuda financiera, y en la mitad de los estados también va a haber acceso ampliado para las personas con ingresos limitados a los programas de Medicaid, que en California se conoce como Medical”, dice Sinsi. Este programa del gobierno federal no conlleva ningún costo. “Y es precisamente para personas que no pueden conseguir trabajo, o esta sin trabajo un tiempo, no tiene ingresos… y esa persona en los estados donde se ha expandido el Medicaid, va a tener acceso a este programa”.
Pero si llega a darse el caso, “y entendemos que hay estados así, donde no hay expansión del Medicaid, donde la persona realmente no tiene el dinero para pagar, va a estar exenta de la obligación; igualmente personas que ganan tan poco en el año que no tienen que declarar impuestos, tampoco esas personas van a tener la obligación de tener un seguro”, sostiene Hernández-Cancio.
Pero la señora Viera se refiere a los que además de estar sin trabajo se hallan indocumentados. ¿Qué pasará con ellos?
Santiago Lucero: “Esos no deben temer, no están sujetos al mandato, y por ende tampoco están sujetos pagar una multa, así que no deben preocuparse por eso. Pero deben asegurarse de continuar yendo a las clínicas comunitarias que ya tienen experiencia en atender a la comunidad inmigrante indocumentada por años. No es que llega la reforma al sistema de salud y los indocumentados se van a quedar sin cobertura médica, no. Eso no va a suceder. Las clínicas comunitarias que están en los diferentes vecindarios obviamente van a continuar atendiendo a esta comunidad. Y deben estar tranquilos y seguros de que no se les va a cobrar una multa al momento de declarar sus impuestos.
Hernández-Cancio: “Una cosa que Obama sí hizo pensando en esta comunidad es añadirle más dinero a los programas de las clínicas comunitarias, precisamente para poder atender mejor a esa comunidad”.
María llama desde Salinas, California: “Mi esposo ya tiene el Medicare, porque él ya está retirado, tiene más de 65 años. Yo no tengo pensión, ni trabajo, y entonces mi pregunta es si ¿va a contar lo que le dan a mi esposo para mi seguro y están exigiendo? Porque como yo no trabajo, ¿me lo van a dar gratis?”.
Hernández-Cancio: “La ayuda financiera, y no sé si se hará alguna excepción en California, generalmente se da en base al tamaño de la familia. Sí van a contar el ingreso de tu esposo, pero lo cuentan como un ingreso que tiene que alcanzar para dos personas. Así que no hay que desanimarse, debes solicitar la ayuda financiera, y esto es muy importante: No es solamente para la gente pobre. La ayuda financiera federal llega hasta la clase media, media alta; porque por ejemplo, tú puedes ser una familia de dos personas, y ganar 94 mil dólares al año, y aun así vas a tener un poquito de ayuda financiera. Así que trata de ver cuánta ayuda financiera te toca a ti, y ver que seguro vas entonces a utilizar para tu cobertura”.
Orozco inquiere sobre los pasos a seguir para recibir cobertura el 1ro de enero, a partir del momento que se llena la solicitud, por medio del mercado de seguros.
Hernández-Cancio: “Vas a llenar tu solicitud, te van a decir cuánta ayuda financiera te toca, a la mayoría de los latinos les va a tocar ayuda financiera, y entonces vas a ver tus diferentes opciones, de los planes disponibles. Todos los planes tienen que cubrir las diez categorías de cuidados diferentes; la diferencia es la porción del dinero que van a cubrir, y entonces escoges el plan. Luego de escoger el plan, que lo tienes que hacer para el 23 de diciembre -que es hoy-, vas a tener unos días más para mandar directamente a la aseguradora que escogiste el dinero para pagar tu plan”.
Santiago Lucero: “Simplemente no se desanimen. Entiendan que hay asistencia financiera y que el único lugar donde pueden obtener y solicitar esta asistencia financiera es en el mercado de seguros de salud, que será en cada estado, o en el intercambio del gobierno federal cuidadodesalud.gov son los únicos lugares donde se puede solicitar la ayuda financiera, fuera de estos no calificarían. Es importante que no se desanimen, que continúen. Si los teléfonos están cargados es porque hay gente interesada como ustedes que están decidiéndose en ese momento. Vayan al Internet. Vayan a las organizaciones comunitarias y demanden la inscripción”.
Para quienes viven en California el sitio a acudir es coveredca.como para poderse inscribir. Y el número telefónico a nivel nacional, o válido para todo el país es el 1-800-318-9586.