Ayer se terminó la fecha extendida para declarar sus impuestos. Si Ud. no pudo declarar sus impuestos o pidió una extensión, en el despacho de hoy, le compartiremos algunas recomendaciones oficiales de la oficina de recaudación de impuestos o IRS por sus siglas en inglés.
Iniciamos con Irma Treviño, vocera del IRS sobre lo que debe de hacer para pedir una extensión de impuestos.
Además, para algunos contribuyentes con dificultades, pero no todos, hay otras tres opciones disponibles:
Retraso de cobro
- Si el IRS determina que un contribuyente no puede pagar, puede atrasar el cobro hasta que mejore su situación financiera. Sin embargo, la cantidad total adeudada seguirá aumentando porque se cobran multas e intereses hasta que se pague en su totalidad. Los contribuyentes pueden solicitar una prórroga al llamar al número de teléfono que aparece en su notificación o al 800-829-1040.
Alivio de multas
- Algunos contribuyentes califican para que se reduzcan o eliminen sus multas por presentación o pago tardíos. Esto se puede hacer según el caso o situación, y de acuerdo con hechos y circunstancias. Alternativamente, cuando un contribuyente ha presentado y pagado a tiempo durante los últimos tres años, el IRS generalmente puede brindar alivio bajo el programa de Eliminación por primera vez. Visite IRS.gov/penaltyrelief (en inglés) para obtener más detalles.
Ofrecimiento de transacción
- Algunos contribuyentes califican para liquidar su factura de impuestos por menos del monto total adeudado, a través de un ofrecimiento de transacción. Aunque normalmente hay una tarifa de solicitud no reembolsable de $205, generalmente no se aplica a los contribuyentes de ingresos bajos y moderados y a las ofertas donde existen dudas sobre la responsabilidad. La herramienta de precalificación de oferta de transacción puede ayudar a determinar la elegibilidad de cualquier persona interesada en postularse.
- Los contribuyentes pueden acceder de forma segura a la información de su cuenta de impuestos federales en IRS.gov/cuenta. Entre otras cosas, esto incluye ver cualquier monto adeudado y el
El IRS puede condonar sus multas por presentar y pagar tardío, si usted puede demostrar una causa razonable y que la falta de pago no se debió a negligencia intencional. Hacer un pago de buena fe tan pronto como pueda, podría ayudarle a establecer que su falta de pago oportuno inicial se debió a un motivo razonable y no a negligencia intencional. Si la factura incluye cargos por multas y usted tiene una causa razonable para que la multa sea condonada, envíe su explicación junto con la factura al centro de servicio que le corresponde o llame al IRS al 800-829-1040 para recibir ayuda (vea Ayuda por teléfono y ayuda local para las horas de operación). Por lo general, el IRS no condona los cargos por intereses y estos siguen acumulándose hasta que todos los impuestos, multas e intereses gravados se paguen por completo.
Hay algunas excepciones a las fechas límites generales de presentación de la declaración y el pago de impuestos, como:
- Si usted es miembro de las fuerzas armadas y está prestando servicio en una zona de combate o una operación de contingencia..
- Si usted es un ciudadano o extranjero residente que trabaja en el extranjero.
- Si usted fue víctima de ciertas situaciones de desastre. En esas situaciones, el IRS tiene autoridad para prorrogar las fechas límite de presentación y pago.
Por último: Es importante que revise su aviso o factura. Si después de revisarlo, considera que hay un error, escriba a la oficina del IRS que se lo envió, dentro del plazo indicado o llame al número indicado en su aviso o factura para solicitar ayuda. Usted debe proporcionar fotocopias de todo comprobante que pueda ayudar al IRS a corregir el error. Si tiene razón, nosotros haremos los ajustes necesarios a su cuenta y le enviaremos un aviso corregido.
Para obtener más información sobre avisos y facturas del IRS, consulte la Publicación 594 (SP), El Proceso de Cobro del IRS PDF. Para obtener más información sobre los cargos de multas e intereses, consulte el Capítulo 1, titulado, Información para la Presentación de la Declaración de Impuestos, en la Publicación 17 (SP), El Impuesto Federal sobre los Ingresos Para Personas Físicas